Desde principios de año los nuevos papás ya pueden disfrutar de la ampliación del permiso de paternidad, fijado ahora en 28 días naturales e ininterrumpidos durante o después del permiso por maternidad, pudiéndose disfrutar a jornada completa o media. Como hemos podido saber, esta ley data del 2009 y su aplicación se preveía para el 2011, aunque por motivos políticos se ha ido posponiendo hasta el 2017.
Echando la vista atrás, el primer intento de regularizar los permisos por descendientes a favor de las madres surgió en 1891, pero no fue hasta el 1931 cuando se hizo efectivo el Decreto Ley de Seguro obligatorio de Maternidad. En cuanto a los padres, la ley ha sido más restrictiva con ellos, reconociéndoles tan solo 2 días de permiso de paternidad hasta el 2007.
La Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres, cambió el panorama estableciendo 13 días de permiso intransferibles para los padres, y beneficiando también a las mujeres, ampliando su permiso de maternidad en 2 semanas. Antes del 2007 el permiso de paternidad era derivado de la madre, es decir, era la madre quien tomaba la decisión de compartir las 10 últimas semanas de su permiso con el padre.
Un punto que podría llamar notablemente la atención, es la diferencia de obligatoriedad en la presión social sobre los permisos por descendencia, puesto que según publicó en el 2016 Amaya Larrañeta, un 14,2% de los padres renuncian al permiso de paternidad; esto aun sabiendo que la responsabilidad de los costes recae sobre la Seguridad Social en un 100%. Tendremos que esperar a las próximas estadísticas para ver si este cambio de legalidad ha supuesto también un cambio de mentalidad en la sociedad.
El actual Sistema de Bienestar Español, que promete ser el principal proveedor de bienestar de su ciudadanía, hace responsable en mayor tiempo a uno de los dos progenitores como cuidadora principal de los/las descendientes, haciendo ver que la crianza es cosa exclusivamente de mujeres.
Aún siendo positiva la ampliación del permiso de paternidad siguen existiendo barreras que impiden ejercer plenamente el derecho a ser padres. En general y con el marco legal actual, se hace responsable a la mujer de los problemas derivados de la conciliación familiar, personal y laboral. La madre es el miembro de la familia al que se le permite disfrutar en mayor medida del desarrollo del/la nuevo miembro de la familia, y participar en éste de manera activa.
Tal y como reivindica la Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimientos y Adopción, ambos permisos deberían ser iguales, intransferibles y bonificados al 100% para asegurar una igualdad en la empresa, en casa y en lo personal.
Otra brecha legal en referencia a los permisos de maternidad y paternidad, es que sólo contemplan la existencia de un núcleo familiar heterosexual, excluyendo núcleos familiares alternativos a la opción tradicional, ya que la única opción que les queda es adquirir los roles tradicionales de padre y madre para que se les adjudiquen estos permisos.
Basándonos de forma objetiva en esta información, podemos concluir que los permisos por descendencia en España son totalmente desiguales y deja en posiciones discriminatorias a ambos progenitores desde diferentes perspectivas.