Título de Agente de Igualdad homologado por La Salle

La aparición de la figura profesional de Agente de Igualdad surge de la necesidad de dar cumplimiento a los compromisos políticos adoptados en materia de igualdad, incorporando transversalmente estrategias de igualdad de género y tomando en consideración las diferencias existentes. Así, la Carta Social Europea de 1961, ratificada en España en 1980, pone de manifiesto de manera expresa la igualdad de trato entre mujeres y hombres; diversas directivas y resoluciones comunitarias posteriores, tanto como distintas leyes autonómicas, han situado la igualdad de género como un elemento central del desarrollo humano, teniendo como marco estatal la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

 Pero no solamente la legislación ha contribuido a dar relevancia a esta profesión. La creciente sensibilización social hacia la igualdad de oportunidades ha motivado una demanda importante de profesionales con formación específica y capacitación para poder desarrollar políticas complejas que exigen especialistas con la preparación necesaria y perspectiva de género.

 Dentro de la Clasificación Nacional de Ocupaciones Española (CNO) está incluida la figura de Agente de Igualdad de Oportunidades con sus respectivos códigos de ocupación. Este perfil corresponde a personas con formación universitaria que intervienen en áreas muy diversas desde una perspectiva de género; cuentan con la preparación y habilidades necesarias para diseñar, implementar y evaluar programas y proyectos orientados a alcanzar la igualdad de oportunidades en diferentes escenarios profesionales, tanto en el ámbito público como en el privado.

AIO3ª

Se trata de una persona que posee un alto grado de especialización en materia de igualdad gracias a sus conocimientos sobre igualdad de oportunidades y de trato, mercado laboral, políticas de género, marco legal, derechos humanos, violencia de género, lenguaje y comunicación… Lo que le permite poder llevar a cabo diagnósticos de género, planificar acciones correctoras y desarrollar intervenciones específicas orientadas a alcanzar la equidad.

 Más concretamente, este perfil está capacitado para realizar las siguientes funciones:

  • Elaborar, implementar y evaluar planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, coordinando las diferentes áreas de intervención, los agentes sociales y los organismos implicados en su desarrollo.
  • Diseñar, impulsar y evaluar la incorporación progresiva de la perspectiva de género en las diversas áreas de intervención o ámbitos de las entidades donde trabaja.
  • Definir acciones positivas para la igualdad de oportunidades, asesorar y cooperar para alcanzar su desarrollo y su implementación.
  • Diseñar y gestionar programas de sensibilización, información y formación en materia de igualdad de oportunidades y de género para diferentes públicos objetivos.
  • Apoyar e impulsar la participación social y política de las asociaciones de mujeres y de personas con dificultades especiales.
  • Quien desempeñe el rol de Agente de Igualdad podrá intervenir en todas las fases del proceso del Plan de Igualdad (compromiso, diagnóstico, diseño, implantación y seguimiento) así como realizar funciones de apoyo, asesoramiento y formación a la Comisión de Igualdad y/o al equipo de trabajo.

Su función principal es, por tanto, la de impulsar el progreso y la expansión de la igualdad de oportunidades y de género en las organizaciones e instituciones mediante la implementación y evaluación de actuaciones y políticas encaminadas a la consecución de la igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres, analizando funciones y tareas ejercidos en relación al desarrollo de programas, prestación de servicios y elaboración de acciones y proyectos.